JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 25 de Mayo de 2.006
Año 196º y 147º
DEMANDANTE: MILAGROS C. CONDE DE GONZALEZ
(Abog. Asistente Flor Pèrez)
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE Nro. 50.117
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana MILAGROS CONDE DE GONZALEZ, debidamente asistida por la Abog. FLOR PEREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 22.741, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento, este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Como se solicita, se acuerda la devolución de los originales consignados con el libelo de la demanda y que corren insertos a los folios dos (2), tres (3), cuatro (4), cinco (5)y ocho (8), previa certificación, para cuya obtención se comisiona suficientemente a la ciudadana carolina Contreras, Asistente de este Tribunal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Corríjase foliatura. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez Provisorio
La Secretaria,
Abog. Rafael Ricardo Gimènez
Abog. Mayela Ostos F.

Se hizo lo ordenado. Se Homologó desistimiento. Se devolvieron originales, se libró certificación. Se da por terminado el presente juicio. Se archivó el expediente.-
La Secretaria,
Exp. No. 50.117
RRG/cc.-