REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
Valencia, 2 de Mayo de 2006
Años 196º y 147º
ASUNTO: GJ01-P-2003-000036
JUEZA: Abg. Ylvia Samuel Escalona
FISCAL: Yolanda Sapiain
SECRETARIA: Eylin C Ruiz V
IMPUTADO(S): DIORKI CATALINA PACHECO CONTRERAS, CARLOS EDUARDO CAMACARO GONZÁLEZ y MIGUEL CAMACARO
DEFENSORAS PÚBLICAS: Reina Leal y Gloria Ramírez
Quien suscribe la jueza primero en funciones de juicio de esta Circunscripción judicial del estado Carabobo. Convoco a las partes en el presente asunto a los fines de realizar continuación de juicio Oral y Publico. El día Veintisiete (27) de Abril de dos mil seis, siendo las 1:50 horas de la tarde, incoada en contra de los ciudadanos: DIORKI CATALINA PACHECO CONTRERAS, CARLOS EDUARDO CAMACARO GONZÁLEZ y MIGUEL CAMACARO. Ahora bien como quiera que el ciudadano: CARLOS EDUARDO CAMACARO GONZÁLEZ, no asistió puntualmente al acto, visto que el hijo del acusado, Miguel Camacaro, quien a su vez es acusado en el mismo asunto informo que su papá se sintió mal y se tuvo que retirar, el tribunal exigió una constancia medica a los efectos de constatar su dicho, no teniendo este tribunal ninguna que acredite lo referido anteriormente, este despacho da por interrumpido el presente juicio de conformidad con el articulo 337 del código orgánico procesal penal . En con secuencia este tribunal Unipersonal de Juicio N° 1 presidido por la Juez Abg. Ylvia. En nombre de la Republica y por autoridad de la ley, ordena que se fije de nuevo el presente debate Oral y Público, por cuanto se interrumpió el debate Oral y público, siendo la causa imputable al acusado de autos: CARLOS EDUARDO CAMACARO. Se ordeno librar captura al acusado a los fines de evitar dilación procesal. Se fijo nueva fecha de juicio para el día 30-5-06 a las 11:30 AM. Quedando las partes presentes notificadas, Librese los oficios respectivos oficiando para ello a la policía científica, al comando Regional N° 2 del Guardia Nacional. A los fines de materializar la respectiva orden de captura. Guárdese copia certificado del presente auto. .
La Juez de Juicio 1
Abg. Ylvia Samuel Escalona
La Secretaria
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