REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.


Valencia, 15 de mayo de 2006
196º y 147º

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L 2005-000747
PARTE ACTORA: JUAN CASTILLO (NO ASISTIO)
APODERADODE LA PARTE ACTORA: URDIS FRANCIS ALFONZO (NO ASISTIO)
PARTE DEMANDADA: AGENCIA RIO C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: DENISSE WADSKIER
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

ACTA
En el día hábil de hoy 15 de mayo de 2006, siendo las 9:00 am, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: AGENCIA RIO C.A compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, representada en este acto por su apoderada judicial DENISSE WADSKIER, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.819 y en este acto consigna Poder. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196 ° y 147°.
LA JUEZ,

KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES

LA SECRETARIA,


La Compareciente