REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, nueve de mayo de dos mil seis
194º y 145º
ASUNTO : GP02-S-2006-000092
AUTO
Este tribunal una vez revisado el desistimiento del procedimiento formulado por la ciudadana YENIFER YUDITH FERNANDEZ ESPINOZA, titular de la Cédula de Identidad No. 14.571.905, asistida por la abogado KENIA MARIFE ROA RIBERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 109.782, mediante diligencia de fecha 28 de mayo de 2006, que corre inserta a los autos al folio doce (12), este Tribunal observa que el desistimiento lo realiza la actora quien posee plena capacidad para formular el mismo en su condición de accionante, y en consecuencia, acuerda otorgarle la respectiva homologación por considerar que se encuentra ajustado a derecho, y no vulnera derechos del trabajador, ni normas de orden publico, teniendo dicho desistimiento con EFECTOS DE COSA JUZGADA y en consecuencia se da por concluido el proceso.
LA JUEZ
ABG. BEATRIZ RIVAS ARTILES
EL SECRETARIO
ABG. OLIVER GÓMEZ CONTRERAS