ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-003007
ASUNTO : RP01-P-2006-003007

Vista la solicitud formulada por el Abg. Cesar Humberto Guzmán, en su carácter de Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, quien pidió sea decretada libertad plena del ciudadano NOEL RAFAEL SIVA MARQUEZ, venezolano, casado, de 27 años de edad, de profesión Indefinido , residenciado en el Barrio Maturincito, casa sin número , Mariguitar, Municipio Bolívar, del Estado Sucre y portador de la cédula de identidad No-15.317.118. por considerar que no existen elementos de convicción para estimar que es responsable de la comisión de un hecho Punible , por considerara que no esta dados los supuestos establecidos en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, a pesar de haber sido aprehendido por funcionarios policiales en fecha 25-11-2006, a las 12:30 am. Agentes Javier Alcántara y Edwin Millán adscritos al Destacamento N° del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre en la localidad de MARIGUITAR, y puesto a la orden de esa fiscalía, Este Tribunal observa que en efecto el referido ciudadano, fue puesto a la Orden de la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público, el día 25 de noviembre de 2006, por funcionarios policiales adscritos al Destacamento N° del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, por haber sido aprehendido en fecha 25-11-2006, encontrándole en su poder, según el dicho policial, una caja de fósforo contentivo en su interior tres (03) envoltorio de material sintético de color azul contentivo de polvo blanco presumiblemente droga denominada COCAINA, una tarjeta telefónica de CANTV para teléfonos Públicos, sin embargo, a pesar de haber ocurrido la detención, a las 12:30 de la mañana y en un lugar transitado de la población de Mariguitar, como lo es la calle Principal del Barrio Maturincito, no consta en las actuaciones que haya habido algún testigo que presenciara los hechos narrados por los funcionarios y fue acompañado ningún otro elemento de convicción que corrobore el dicho policial, lo que deja carente de fundamento cualquier imputación del hecho que se le haga al ciudadano mencionado, por lo que resulta ajustado a derecho y a los hechos narrados, la solicitud fiscal y, en consecuencia, debe ser declarada con lugar y así se decide.

Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de libertad plena a favor del ciudadano NOEL RAFAEL SIVA MARQUEZ, venezolano, casado, de 27 años de edad, de profesión Indefinido , residenciado en el Barrio Maturincito, casa sin número , Mariguitar, Municipio Bolívar, del Estado Sucre y portador de la cédula de identidad No-15.317.118 y, en consecuencia, ordena su libertad inmediata, una vez impuesto de la solicitud fiscal y de la presente decisión. Remítase las actuaciones al fiscal solicitante inmediatamente.

La Juez(S) Sexto de Control La Secretaria.

Abg. Luisa Elena Vargas Abg. Mariangel Guerra