REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXT CARUPANO
TRIBUNAL DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTE

Carúpano, 16 de Noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RX11-S-2003-000001
ASUNTO RX11-S-2003-000001


Auto de Ejecución



Definitivamente firme como ha quedado la Decisión dictada por el Juzgado de Juicio de esta Sección Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano en fecha 23/10/06, mediante la cual se Decretó la absolución al acusado omissis, por considerar que no hubo pruebas de su participación en la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado y Violación, tipificado en los artículos 405 ordinal 1º y 374 ordinal 1º ambos del Código Penal Vigente, en perjuicio del hoy occiso el niño Juan Elneder Reyes Martínez. Este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución de la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia EJECÚTESE, y en virtud de no existir otras actuaciones que realizar, se Acuerda el archivo del mismo y su correspondiente envío al archivo central de este Circuito Judicial Penal, para su guarda y custodia y posterior remisión al archivo judicial, notifíquese a las partes.
La Jueza de Ejecución

La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.

Abg. Mildred De Simone