REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE JUICIO
Vista la solicitud esgrimida por el ciudadano JUAN ERNESTO GARANTON HERNANDEZ, Apoderado Judicial del ciudadano DANIEL ENRIQUE DE LOS RIOS CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.079.375, éste Juzgado observa:
En fecha 13 de Julio de 2005, el ciudadano JUAN ERNESTO GARANTON HERNANDEZ Apoderado Judicial del ciudadano DANIEL ENRIQUE DE LOS RIOS CASTRO, interpone ante el Juzgado Undécimo (11º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Acusación Privada de conformidad con lo establecido en el artículo 400 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penales, en contra del ciudadano MANUEL FRANCISCO FERREIRA AGRELA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.232.419, por la comisión del delito de EMISIÓN DE CHEQUES SIN PROVISIÓN DE FONDOS, tipificado en el artículo 494 del Código de Comercio.-
En fecha 22 de Julio de 2005, el Juzgado Undécimo (11º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas admite la Acusación Privada y libra la correspondiente boleta de citación al acusado MANUEL FRANCISCO FERREIRA AGRELA, a los fines que comparezca a la sede de ese Juzgado al día hábil siguiente de haber recibido dicha boleta y designe un defensor que lo asista en la acusación iniciada en su contra.-
En tal sentido, en fecha 05 de Agosto de 2005, comparece el ciudadano Juan Castillo, Alguacil adscrito a la Oficina de Alguacilazgo de Los Teques, quien de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Orgánico Procesal Penal, consigna ante el Tribunal, la boleta de citación de fecha 22-07-2005, en virtud que según la información suministrada por el ciudadano Luis Marrero, titular de la cédula de identidad Nº V-6.457.388, seguridad de las residencias; el ciudadano MANUEL FRANCISCO FERREIRA AGRELA se mudó a Portugal .-
En fecha 19 de Septiembre de 2005, el ciudadano JUAN ERNESTO GARANTON HERNANDEZ, Apoderado Judicial del ciudadano DANIEL ENRIQUE DE LOS RIOS CASTRO, interpone escrito ante el Juzgado Undécimo (11º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área metropolitana de Caracas, solicitando de conformidad con lo establecido en el artículo 410 del Código Orgánico Procesal Penal, la citación por carteles del acusado ut supra; siendo acordado tal pedimento en fecha 22-09-2005.-
Cursa al folio 33, 34 y 35, los tres (3) carteles de citación publicados en el diario El Nacional, en fechas 26 de Enero de 2006, 30 de Enero de 2006 y 03 de Febrero de 2006, respectivamente.-
En fecha 08 de Noviembre de 2006, el ciudadano JUAN ERNESTO GARANTON HERNANDEZ Apoderado Judicial del ciudadano DANIEL ENRIQUE DE LOS RIOS CASTRO, interpone escrito ante este Juzgado, mediante el cual solicita se ordene al Departamento de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, la localización y traslado del ciudadano MANUEL FRANCISCO FERREIRA AGRELA, de conformidad con lo establecido en el artículo 410 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto ya se intentó la citación personal y la citación por carteles.-
Apreciando las circunstancias en la presente causa, se observa, que efectivamente no se logró la citación personal del acusado, y luego de de las tres (3) publicaciones por carteles en la prensa nacional de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 410 del Código Orgánico Procesal Penal, el acusado de autos no compareció ante este despacho; en consecuencia, quien aquí decide, declara con lugar la solicitud formulada por el ciudadano JUAN ERNESTO GARANTON HERNANDEZ Apoderado Judicial del ciudadano DANIEL ENRIQUE DE LOS RIOS CASTRO, en relación a la localización y traslado por la fuerza pública del ciudadano MANUEL FRANCISCO FERREIRA AGRELA, a la sede de este Juzgado a los fines de imponerlo de la acusación en su contra y del derecho que tiene de designar un defensor, comisionando para ello a la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) . Así se decide.-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el ciudadano JUAN ERNESTO GARANTON HERNANDEZ Apoderado Judicial del ciudadano DANIEL ENRIQUE DE LOS RIOS CASTRO, en relación a la localización y traslado por la fuerza pública del ciudadano MANUEL FRANCISCO FERREIRA AGRELA, a la sede de este Juzgado a los fines de imponerlo de la acusación en su contra y del derecho que tiene de designar un defensor.-