ACTA



N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-003279
PARTE ACTORA: JOSE ANTONIO CASTRO HOLGUIN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: C.A. CARS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ENRIQUE GUILLEN
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy 29 de Noviembre de 2006, siendo las 9:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano ENRIQUE GUILLEN abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el N° 59.631 actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada C.A. CARS representación que acredita en este acto, mediante presentación de instrumento poder en original para su consignación. Asimismo, este Juzgado deja expresa constancia que la parte actora ciudadano JOSÉ ANTONIO CASTRO HOLGUIN venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° 4.955.749 no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.


La Juez

Leticia Morales Velásquez



Apoderado Judicial de la Parte Demandada





La Secretaria

Xiomara Gelvis

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR “