Hoy, 08 de noviembre de 2006, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano CESAR MOLINA, titular de la cédula de identidad Nro.- 11.841.940, parte actora en el presente procedimiento, debidamente representado por su apoderada judicial, abogada MARÍA OFELIA SUAZO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 63.410, y RENATO VALENTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 43.188, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, dándose así inicio a la audiencia. Las partes comparecientes llegado a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada y expone: A los fines de dar por terminado el presente procedimiento en nombre de mí representada ofrezco en este acto la cantidad de DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 12.500.000,00), más el monto actualizado que se encuentra depositado en la Cuenta de Ahorro Nro.- 030-405182-3, del Banco Central, Banco Universal; cantidad que será cancelada el lunes, 13 de noviembre de 2006, en la sede de los Tribunales Laborales, es todo. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora, quien se encuentra presente en este acto y expone: Acepto en nombre de mí representado el monto ofrecido por la empresa, en los términos y condiciones expuestos, es todo. Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se hace entrega en este acto a las partes las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.


LA JUEZ

EL SECRETARIO
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

ISRAEL ORTIZ



PARTE ACTORA Y SU APODERADA JUDICIAL

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”