ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-002658
PARTE ACTORA: ANDRES ELOY BLANCO MORA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.-
PARTE DEMANDADA: BLOQUE DE ARMAS.-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO IGNACIO VILLORIA GARCIA.-
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.-

En el día hábil de hoy diez (10) de NOVIEMBRE de dos mil seis (2006), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia del abogado ALEJANDRO IGNACIO VILLORIA GARCIA, inscrito en el IPSA bajo el N° 65.687, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada según se desprende de instrumento poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para ser insertado al expediente, en este estado se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO.-

El Juez


Abog. Aníbal F. Abreu Portillo

La Secretaria


Abog. Elis Hernández



El apoderado judicial de la demandada:




“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”