REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintidós (22) de Noviembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º

ASUNTO: AP21-S-2005-000300

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 16-11-2006, por los Abogados: YOYSELENE HERNANDEZ y/o DANIEL MAES, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte actora y de la demandada, respectivamente, con ocasión al juicio por CALIFICACION DE DESPIDO, incoare el ciudadano: DOMINGO ESCALONA, contra la empresa: DE INSPECCION y CONTROL DE VENEZUELA, C.A, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en el Instrumento Poder otorgado por la parte Actora a las referida profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.

El Juez
La Secretaria

Abog. Orlando Antonio Magallanes

Abog. Keyu Abreu


“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”