REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, trece (13) de noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2006-013982

Vista las actas procesales que conforman el presente asunto signado con el N° AP51-V-2006-013982 y vista la comunicación suscrita por la Gerente de Recursos Humanos de la sociedad mercantil Técnica de Reparaciones, C.A. (TERECA), mediante la cual señala que esa empresa realiza descuentos mensuales al ciudadano (...), titular de la Cédula de Identidad N° (...), por la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,00), siguiendo precisas instrucciones de esta Sala de Juicio; asimismo por cuanto se observa que esa suma ha venido descontándose del sueldo del mencionado ciudadano desde el 04 de octubre de 2004, por lo que hasta la fecha suma la cantidad de NOVECIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 960.000,00) cifra que sobrepasa lo acordado por esta Sala mediante sentencia dictada el 31 de enero de 2005, quedando un remanente a favor de la niña de CIENTO SETENTA UN MIL SEISCIENTOS BOLIVARES SIN OO/100 (Bs. 171.600,oo), a favor de la adolescente (...), supra identificada, es por lo que esta Sala de Juicio ACUERDA SUSPENDER LAS RETENCIONES ORDENADAS. En consecuencia ofíciese a la empresa Técnica de Reparaciones, C.A. (TERECA), a fin de informarle que se ha suspendido la medida de retención de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,00) mensuales, dejando vigentes la retención de CIENTO SESENTA MIL SEISCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 160.617,60), así como las bonificaciones de especiales. Cúmplase.
LA JUEZ

DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
EL SECRETARIO

ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
AP51-V-2006-013982
FPM/CAF/