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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio Nº 2
 Caracas, trece (13) de noviembre de 2006
 196º y 147º
 ASUNTO: AP51-V-2006-013982
 
 Vista las actas procesales que conforman el presente asunto signado con el N° AP51-V-2006-013982 y vista la comunicación suscrita por la Gerente de Recursos Humanos de la sociedad mercantil Técnica de Reparaciones, C.A. (TERECA), mediante la cual señala que esa empresa realiza descuentos mensuales al ciudadano (...), titular de la Cédula de Identidad N° (...), por la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,00), siguiendo precisas instrucciones de esta Sala de Juicio; asimismo por cuanto se observa que esa suma ha venido descontándose del sueldo del mencionado ciudadano desde el 04 de octubre de 2004, por lo que hasta la fecha suma la cantidad de NOVECIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 960.000,00) cifra que sobrepasa lo acordado por esta Sala mediante sentencia dictada el 31 de enero de 2005, quedando un remanente a favor de la niña de CIENTO SETENTA UN MIL SEISCIENTOS BOLIVARES SIN OO/100 (Bs. 171.600,oo), a favor de la adolescente (...), supra identificada, es por lo que esta Sala de Juicio ACUERDA SUSPENDER LAS RETENCIONES ORDENADAS. En consecuencia ofíciese a la empresa Técnica de Reparaciones, C.A. (TERECA), a fin de informarle que se ha suspendido la medida de retención de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,00) mensuales, dejando vigentes la retención de CIENTO SESENTA MIL SEISCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 160.617,60), así como las bonificaciones de especiales. Cúmplase.
 LA JUEZ
 
 DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
 EL SECRETARIO
 
 ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
 AP51-V-2006-013982
 FPM/CAF/
 
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