REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, 14 de noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO : AP51-S-2006-019269

Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano (...), venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. (...), en representación legal de sus hijos, los niños (...), quien se encuentra asistida por la abogada en ejercicio, MARINA ZAMBRANO HERRERA, adscrita a la casa Municipal de la Mujer Alcaldía de Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital e inscrita en el Inpreabogado No. 23.204, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a los mencionados adolescentes; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y, vista asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por el ciudadana (...), venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° (...), acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC de los niños (...), de once (11) y nueve (9) años de edad. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ

FANNY PLAZA MARTÍNEZ
EL SECRETARIO

CARLOS ANDRES FONSECA

FPM/CAF/