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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio Nº 2
 Caracas, 14 de noviembre de 2006
 196º y 147º
 
 ASUNTO : AP51-S-2006-019269
 
 Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano (...), venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. (...), en representación legal de sus hijos, los niños (...), quien se encuentra asistida por la abogada en ejercicio, MARINA ZAMBRANO HERRERA, adscrita a la casa Municipal de la Mujer Alcaldía de Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital e inscrita en el Inpreabogado No. 23.204, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a los mencionados adolescentes; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y, vista asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por el ciudadana (...),  venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° (...), acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC de los niños (...), de once (11) y nueve (9) años de edad. Cúmplase con lo ordenado.
 LA JUEZ
 
 FANNY PLAZA MARTÍNEZ
 EL SECRETARIO
 
 CARLOS ANDRES FONSECA
 
 FPM/CAF/
 
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