REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, treinta (30) de noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2006-019098
Visto el escrito de convenimiento de Obligación Alimentaria, presentado por los ciudadanos (...), venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° (...), en la solicitud de OFRECIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA presentado por ante esta Sala de Juicio en fecha 20 de octubre del 2006 y admitida el 26 de octubre del corriente año, por el ciudadano (...), supra identificado, contra la ciudadana (...), supra identificada, en su carácter de padres del niño (...), de ocho (08) años de edad, y quienes se encuentran asistidos por la Abogada Miriam Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11233, en su carácter de Defensora Pública Cuarta de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas; esta Sala de Juicio II del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, revisados como han sido los términos del acuerdo suscrito por las partes en el presente procedimiento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta en los mismos términos expuestos, dándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente asunto.
LA JUEZ
DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
EL SECRETARIO
CARLOS ANDRES FONSECA
FPM/CAF/
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