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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Sala de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del  Area Metropolitana de Caracas
 Caracas, 10 de noviembre de 2006
 196º y 147º
 
 ASUNTO : AP51-V-2006-017078
 
 Visto el desistimiento que antecede, suscrito por la ciudadana MARIA ROSARIO PATTI SCIRE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.-7.958.283, debidamente asistida por el abogado CARLOS LUIS GHERSY ALZAIBAR, ante esta Sala, se HOMOLOGA en los mismos términos, expuestos por la referida ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente asunto. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.
 La Juez,
 
 El Secretario
 
 Abg. Sonia Sergent de Ruades.
 Abg. William A. Paez J.-
 
 
 
 
 
 
 AP51-V-2006-017078
 
 
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