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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 En su nombre
 CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 Sala de Juicio IV
 196° y 147°
 Asunto: AP51-S-2006-20040
 Motivo: Titulo de Únicos y Universales Herederos.
 Solicitante: Rosa Amelia Escalona Torrealba de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad  número V-6.527.473.
 Causante: José Manuel Díaz Díaz, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad número V-5.405.256.
 Abogado Asistente: Ismael Fernández de Abreu, abogado en ejercicio, de éste domicilio e inscrita en Inpreabogado bajo el número 35714.
 Revisadas las Actas que conforman el presente asunto y visto el escrito que encabeza las actuaciones y la justificación promovida al efecto, en cuanto a las testimoniales que anteceden, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y conforme a lo dispuesto por el Artículo 937 de Código de Procedimiento Civil, esta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los niños/adolescentes Díaz Escalona, titulares de las cedulas de identidad números V-25.209.317 y V-25.209.318 respectivamente y Rosa Amelia Escalona Torrealba, titular de la cédula de identidad número V-6.527.473 en su condición de hijos y cónyuge del causante ciudadano José Manuel Díaz Díaz, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad número V-5.405.256. Fórmese el presente Decreto con la Solicitud original y expídase copia certificada del expediente y con sus resultas entréguese a la parte solicitante. Cúmplase.
 Regístrese y Publíquese.
 Dado, firmado y sellado en la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil seis. Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
 El Juez de Sala,
 Emilio Ruiz Guía
 
 El Secretario,
 José Totesaut.
 
 Asunto: AP51-S-2006-020040
 
 
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