REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° XV
Caracas, seis (06) de Noviembre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2006-009717
Examinadas las actas procesales que conforman el presente asunto, y vista la decisión dictada en fecha veinticuatro (24) de Octubre de 2006, mediante la cual se ordena la corrección de la partida de nacimiento del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), por cuanto en dicha decisión, por error involuntario se le identificó como “JOSE JAVIER ALONZO VELIZ” siendo su identificación correcta “JOSE JAVIER LUCAS VELIZ”; en consecuencia y vista la diligencia de fecha tres (03) de Noviembre de 2006, presentada por la ciudadana NARCISA DEL JESUS VELIZ FLORES DE LUCAS titular de la cedula de identidad N° E- 81723140 asistida por la Defensora Publica Séptima (7°) Abg. Jenny Lorena Marin Guilarte, la cual riela al folio veinte (20) de los autos, esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que lo correcto es “JOSE JAVIER LUCAS VELIZ” y en virtud de lo antes expuesto, mediante el presente auto se deja subsanado el error cometido. En consecuencia, expídase copia certificada de la diligencia con inserción del presente auto y entréguese a la solicitante.
EL(A) JUEZ(A)
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
EL(A) SECRETARIO(A)
ABG. IVÁN CEDEÑO
YCH/IC/ych.
Motivo: Rectificación de Partida de Nacimiento
ASUNTO: AP51-S-2006-009717