REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DE LA REGION CAPITAL

Mediante escrito de fecha 08 de diciembre de 2004, presentado por ante el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial, interpuesto por la ciudadana NERBERLEYCIS REYES venezolana, titular de la cédula de identidad Nº13.533.874, debidamente asistida por el abogado RAMON ALBERTO PEREZ TORRES, inscrito en el Inpreabogado Nº 16278 contra el INSTITUTO AUTONOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETIA.-

En fecha 16 de diciembre de 2004, se Admitió el recurso funcionarial, se ordenó el emplazamiento al ciudadano Presidente del Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía, igualmente se le solicitó la remisión de los antecedentes administrativo que corresponden al caso, asimismo se notificó al ciudadano Procurador General de la Republica, quedando notificados ambos en fecha 19 de julio de 2005.

En fecha 05 de octubre de 2005, se agrego a los autos los antecedentes administrativo de la ciudadana, NERBERLEYCIS REYES, constante de 59 folios útiles emanados del Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía -

En fecha 18 de octubre de 2005,de conformidad con el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Publica se fijo para el quinto día de despacho siguiente a la hora once de la mañana (11:00 am) para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, la cual tuvo lugar en fecha 25 de octubre de 2005, habiendo comparecido a la misma la abogada GLENNY MARQUEZ FRANCO inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.226, procediendo en su carácter de apoderada judicial del Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía, e igualmente se dejó constancia de la No comparecencia de la parte querellante.

En fecha 01 de noviembre de 2005, comparece la abogada GLENNY MARQUEZ FRANCO, consigna escrito de promoción de pruebas constante de 4 folios y 4 anexos
.
En fecha 2 de noviembre de 2005 comparece los abogados INGRID JOSEFINA GONZALEZ GOMEZ y RAMON ALBERTO PEREZ TORRES, apoderados judicial de la parte actora y consignan escrito de pruebas constante de dos (2) folios, en fecha 3 de noviembre se agregaron a los autos los escritos de pruebas promovidos por ambas partes .

En fecha 17 de noviembre de 2005 Se admitieron las pruebas promovidas por ambas partes, en cuanto al principio de la Comunidad de la Prueba promovido por la representación del ente querellado, el Tribunal niega su admisión por cuanto el principio de la comunidad de la prueba es un principio de Derecho Procesal probatorio..

En fecha 15 de Diciembre de 2005, de conformidad con el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Publica se fijo para el quinto día de despacho siguiente a la hora once de la mañana (11:00 am) para que tenga lugar la Audiencia Definitiva en el presente juicio.
En fecha 16 de Enero de 2006, tuvo lugar la Audiencia Definitiva en el presente juicio, habiendo comparecido a la misma la abogada GLENNY MARQUEZ FRANCO inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.226, procediendo en su carácter de apoderada judicial del Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía, e igualmente se dejó constancia de la No compareció de la parte actora en el presente acto.
En fecha 26 de Octubre de 2006, compareció el Abogado Ramón Alberto Pérez Torres, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, quien procedió a Desistir del presente procedimiento y de la acción por cuanto el organismo querellado procedió a ingresar a su representada en un cargo de carrera.


CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Revisadas como fueron las precedentes actuaciones, y vista la diligencia presentada en fecha 26 de octubre de 2006, por el abogado RAMON ALBERTO PEREZ TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.278 actuando en nombre y representación del ciudadano NERBERLEYCIS REYES, titular de la cédula de identidad N°13.533.874, mediante la cual DESISTIO del recurso funcionarial interpuesto., el Tribunal le imparte su homologación en razón de que el mismo no es contrario a derecho.


DECISIÓN


Por las razones expuestas este Juzgado Superior Tercero en lo Civil Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley HOMOLOGA desistimiento del procedimiento en el recurso de nulidad funcionarial interpuesto por la ciudadana NERBERLEYCIS REYES, titular de la cédula de identidad N°13.533.874, debidamente asistida por el abogado RAMON ALBERTO PEREZ TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.278 .





PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE


Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año dos mil seis.(2006).- Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.

JUEZ PROVISORIO


EDGAR MOYA MILLAN
LA SECRETARIA,

MARIANA GAVIDIA JUAREZ

En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se registró y publicó la anterior decisión.

LA SECRETARIA,


MARIANA GAVIDIA JUAREZ
Exp: 4741/eva