JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiún (21) días del mes de noviembre de dos mil seis (2006).-
196º y 147º
Vista la anterior solicitud de LIQUIDACION DE HIPOTECA, presentado por el ciudadano JUAN JOSÉ PAULINO FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-13.749.878, presidente de la Sociedad Mercantil CONSORCIO MADERERO JUAN JOSÉ C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 13 de Octubre de 1994, bajo el N° 51, tomo 110-A Pro., debidamente asistido por el ciudadano HECTOR LUIS PATIÑO, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.369, el Tribunal observa:
De la revisión efectuada a la solicitud, se evidencia que efectivamente no está firmada dicha solicitud, siendo lo anterior un requisito indispensable para su admisión.
En virtud de lo anteriormente expuesto, el Tribunal declara INADMISIBLE la presente solicitud.-
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
LRHG/MGHR/Damaris.
Exp. Nº 06-8998.
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