REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 196º y 147º

SOLICITANTE: FRANCISCA RUIZ LEMMO, venezolana mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°: V- 3.813.687.-

ABOGADOS ASISTENTES: JOSE HUMBERTO RONDON BARRIOS Y OSCAR ELIAS OMAÑA GUERRERO, Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nros: 44.366 y 37.382.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-

EXPEDIENTE: Nº: 05-2635.-


Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentada por la ciudadana FRANCISCA RUIZ LEMMO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°: V-3.813.687, asistida por los Abogados JOSE HUMBERTO RONDON BARRIOS Y OSCAR ELIAS OMAÑA GUERRERO, ya identificados; Asimismo acompaño a la solicitud, Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la solicitante, expedida por la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Federal (Ahora Distrito Capital), igualmente consigno partida de nacimiento de la ciudadana Bartola, expedida por la Oficina Civil de Registro Publico del Distrito Capital, copias simples de la cédulas de identidad de las ciudadanas: FRANCISCA RUIZ LEMMO Y BARTOLA LEMMO DE RUIZ.

La solicitante alegó en términos generales que al asentar su Partida de Nacimiento, por error material del funcionario en la elaboración de la misma se incurrió en el siguiente error material asentar el nombre de su madre erróneamente, como FRANCISCA LEMMO DE RUIZ, siendo este incorrecto por cuanto lo correcto es BARTOLA LEMMO DE RUIZ, y que de conformidad con los artículos 768 y siguientes del Titulo X del Código de Procedimiento Civil, solicita se proceda a la rectificación de su Partida de Nacimiento.-

Que auto de fecha 13 de Enero del 2006, se admitió la demanda, se ordeno la notificación del representante del Ministerio Público y se libro Boleta de Notificación al mismo, así como se libro Edicto a todas aquellas personas que tuviesen interés directo y manifiesto en la rectificación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana FRANCISCA RUIZ LEMMO.-

Que en fecha 30 de Enero del 2006, compareció la ciudadana FRANCISCA RUIZ LEMMO, parte solicitante en el presente juicio, asistida por JOSÈ HUMBERTO RONDON BARRIOS Y OSCAR ELIAS OMAÑA GUERRERO, abogados en ejercicio, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros: 44.366 y 37.382, y procedió a otorgar un PODER APUC ACTA, a los ciudadanos: MARIA TERESA ARRIAGA RODRIGUEZ, OSCAR ELIAS OMAÑA GUERRERO, MARIA ESMERALDA SIMANCA ZAMBRANO, ZAIDA COROMOTO MUÑOZ Y JOSE HUMBERTO RONDON BARRIOS, abogados en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo los Nros: 47.112, 37.382, 69.709, 107.248 y 44.366, y tambien solicito la entrega del edicto a fin de proceder con la publicación en el diario “ ULTIMAS NOTICIAS”.-

Que en fecha 02 de Febrero del 2006, compareció el Alguacil de este despacho y consignó en un folio útil Boleta de Notificación debidamente recibida y firmada por el Fiscal 102º del Ministerio Público.-

Que en fecha 15 de Mayo del 2006, compareció el Dr. OSCAR ELIAS OMAÑA GUERRERO, en su carácter de autos y consigno en un folio útil (01) ejemplar del Diario Ultimas Noticias, de fecha 02 de Mayo del 2006, donde aparece publicado el Edicto, ordenado en el auto de admisión.-

Que en fecha 18 de julio del 2006, la Juez Suplente Especial la DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA, se avoco al conocimiento de la presente causa, y en esa misma fecha se libro boleta de notificación al fiscal 102º del Ministerio Público.-

En fecha 09 de Agosto de 2006, compareció el Alguacil de este despacho y consignó en un folio útil Boleta de Notificación debidamente recibida y firmada por el Fiscal 102º del Ministerio Público.-

En fecha 13 de Octubre del 2006, compareció el apoderado judicial de la parte actora, en su carácter de autos y estampo diligencia en la cual solicito a este tribunal se continúe con lo previsto a fin de agilizar el proceso en la presente causa.-

Estando dentro de la oportunidad legal para decidir, esta Juzgadora pasa hacerlo, previa las siguientes consideraciones:

En el presente caso se puede constatar con verdadera certeza judicial, según se evidencia en la revisión de los recaudos consignados que ciertamente se cometió un error material al asentar la partida de nacimiento de la ciudadana FRANCISCA RUIZ LEMMO, al identificar el nombre de su madre erróneamente, como FRANCISCA LEMMO DE RUIZ, siendo este incorrecto por cuanto lo correcto es BARTOLA LEMMO DE RUIZ, y por ello solicita se proceda a su rectificación.

Ahora bien observa quien aquí decide que luego de una revisión efectuada a las actas cursante a los folios tres (03), cuatro (04) y cinco (05), del presente expediente y examinadas como fueron dichas actas, se pudo constatar la veracidad de lo denunciado por la ciudadana FRANCISCA RUIZ LEMMO, en su escrito libelar y que ciertamente se transcribió erróneamente el nombre de su madre en el acta de nacimiento signada bajo el Nº 1691, emanada de la Oficina Principal de Registro Publico del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), de fecha 04 de Junio 1954, asimismo observa que a pesar de haber notificado a la representación del Ministerio Público en fecha 13 de Enero de 2006 y 18 de Julio del 2006, tal y como consta a los folios 09 y 18, del presente expediente, esta juzgadora lo aprecia como opinión favorable a la presente solicitud, ya que haber habido alguna irregularidad en el presente proceso ya la misma hubiese comparecido a expresarla por escrito y por tal motivo esta Instancia considera que en la presente causa se han cumplido a cabalidad con todos los requisitos exigidos por nuestro ordenamiento jurídico. Y ASÍ SE DECLARA.-

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana FRANCISCA RUIZ LEMMO, quien es venezolana mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 3.813.687, en los siguientes términos: donde dice: “.FRANCISCA LEMMO DE RUIZ....” debe decir: “.....BARTOLA LEMMO DE RUIZ …...”. En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo.- Y ASÍ SE DECIDE.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 29 días del mes de Noviembre del año Dos Mil Seis (2006). Años: 196º y 147º.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-
LA SECRETARIA TITULAR,

ABOG. LEOXELYS VENTURINI.-
En la misma fecha se publicó y registró el anterior fallo siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.).-
LA SECRETARIA TITULAR,


Exp Nº: 05-2635.-
AMCdeM/LV/M.Y.U.CH.-