REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y
del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de Noviembre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º
Vista la solicitud de Título Supletorio que encabeza las presentes actuaciones, así como la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente a favor de la ciudadana Raimunda Castillo de Salaverria, venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 1.491.025, sobre una bienhechurías ubicadas en un lugar denominado Parcelamiento Alta Vista, con frente al pasaje o Calle Ucrania, distinguida con el Nº 4, en Jurisdicción de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En seis metros cincuenta centímetros (6,50 mts), que es su frente, con el Pasaje Ucrania; SUR: En seis metros veinte centímetros (6,20 mts) con Parcela Nº 1 de la Calle Transversal 3; ESTE: En veintiún metros con cincuenta (21,50 mts) con la Parcela tercera del Pasaje Ucrania, y OESTE: En veintidós metros con cuarenta centímetros (22,40 mts) con la Parcela Nº 2 del Pasaje Ucrania y Parcela Nº 1 de la Calle Transversal Tres.- Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y certificación que deberá quedar en el Archivo. Elabórese la copia certificada mediante el procedimiento de fotostatos establecido en los artículos 111 y 112, ambos del Código de Procedimiento Civil, la cual deberá ser suscrita en todas y cada una de sus partes tanto por el Secretario como por el Funcionario adscrito a este Despacho, ciudadano John V. Ferrer Padrón.- Cúmplase.-
El Juez Titular,
Dr. Carlos Spartalian Duarte.
El Secretario,
Abg. Jesús Albornoz Hereira
En esta misma fecha, se hizo entrega del presente expediente, dejándose copia del mismo en el archivo de este Juzgado.-
El Secretario,
Abg. Jesús Albornoz Hereira
CSD/JAH/Nakaryd-
EXP No S-06-1043.-