Republica Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Area Metropolitana de Caracas

Vista la Transacción presentada en fecha 16/11/2006, celebrada entre el ciudadano Pro House Films C.A, sociedad mercantil de este domicilio en caracas, inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito capital y Estado Miranda, en fecha 8 de septiembre de 2004, quedando anotada bajo el No. 20, tomo 964 A, representada por el abogado Francisco Jiménez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 98.526, por una parte, y por otra Producciones D´Linea Films C.A, domiciliada en la Ciudad de Caracas e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 25 de mayo de 1988, bajo el No. 29, tomo 71-A Sgdo, representada por las abogadas Vanessa Morales y Carmen Alicia Epalza Gelviz, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 87.243 y 118.032 respectivamente, este Tribunal a los fines de resolver observa:
Luego de una revisión minuciosa de los instrumentos cursantes a los autos, se verifica que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia y que el derecho litigioso puede ser objeto de esta actuación procesal. Igualmente se pudo constatar que los abogados que aparecen suscribiendo dicha transacción tienen facultades expresas para celebrar transacciones. En tal virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en los artículos 1.713, 1.714 y 1.718 del Código Civil, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción antes referida, dando por consumado el acto, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, en los mismos términos en que fue suscrita por las partes.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta providencia en el Departamento de Archivo de este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial, en la ciudad de Caracas, veintisiete (27) de Noviembre de 2006. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte
La Secretaria Acc,

Maria Elena Rondon

En la misma fecha, se dejo copia certificada de la providencia anterior en el Departamento de Archivo del Juzgado, por aplicación analógica del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria Acc,

Maria Elena Rondon
CSD/mer/Maira
Exp. Nº 06-0623