REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 13 de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-021629
Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos ERLYS DEBORA YÉPEZ ARROYO y CESAR GERMAIN JIMÉNEZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 19.706.546 y 13.085.930 respectivamente, de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio del niño identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de seis (06) meses de nacido, este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, dispone homologarlo en los siguientes términos:
“PRIMERO: El padre visitara a su hijo en el domicilio materno, los martes y jueves a las 6:00 p.m y el domingo a partir de las 2:00 p.m.
SEGUNDO: En diciembre, el 24 el padre buscara al niño en el domicilio materno a las 10:00 a.m y lo regresara el mismo día a las 3:00 p.m.
Se insta a las partes a que consignen copia certificada de la partida de nacimiento del niño de autos.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos ERLYS DEBORA YÉPEZ ARROYO y CESAR GERMAIN JIMÉNEZ VARGAS, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los trece (13) días del mes de Noviembre del dos mil seis (2.006). Años: 196° y 147°.
La Juez de Juicio N° 2
Dra. LISBETH LEAL AGÜERO
La Secretaria
LLA/linda
Homologación de Régimen de Visitas
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