REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 20 de Noviembre de 2.005
195º y 146º

ASUNTO: KP02-S-2006-022674

Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos MARIELA DEL VALLE BRICEÑO y MIGUEL ANGEL FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 18.261.236 y 17.196.683 respectivamente, de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio de la niña identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de cuatro (04) años de edad, este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, dispone homologarlo en los siguientes términos:

“UNICO: El padre buscará a su hija por el hogar materno 2 fines de semana al mes, los viernes a las 04:00 pm y la regresara el domingo a las 06:00 pm, al mismo lugar.
El presente régimen de visitas comenzará a cumplirse a partir de la presente fecha.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos MARIELA DEL VALLE BRICEÑO y MIGUEL ANGEL FUENTES, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veinte (20) día del mes de Noviembre del dos mil seis (2.006). Años: 196° y 147°.

La Juez de Juicio N° 2


Dra. LISBETH LEAL AGÜERO La Secretaria


Abg. OLGA DAAL