REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
ESTADO LARA.
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN
Circunscripción Judicial
EL TOCUYO
Años: 196° y 147°
En el día de hoy Lunes Trece (13) de Noviembre del Dos Mil Seis, (2.006); siendo la hora de las (9:30am) se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la Avenida Fraternidad con Calle 12 en la Sede del Banco Provincial en esta ciudad de EL Tocuyo, Municipio Morán del Estado Lara. Constituido por los Abogados Douglas Javier Molina Fernández (Juez Ejecutor de Medidas) y Manuel Dias Assuncao (Secretario Accidental). Presente la parte actora las Abogadas en ejercicio Nieves K. Rodríguez y Alicia Colmenarez, inscritas en el Impreabogado bajo el N°: 89.723 y N°: 90.349, actuando en este Acto como Apoderadas Judiciales del ciudadano: Francisco Guzmán Escalona, Titular de la Cédula de Identidad N°: V-9.579.180, ya identificados en autos, a los fines de dar cumplimiento a la Medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado del Municipio Morán del Estado Lara, en fecha veintitrés (23) de Octubre del Dos Mil Seis (2.006). Seguidamente el Tribunal procedió a Notificar de su Misión al ciudadano: Alberto Enrique Vera Pérez, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.762.279, quien dijo ser el Gerente del Banco Provincial Sucursal de la ciudad de EL Tocuyo, Municipio Morán, del Estado Lara, quien dio acceso al Tribunal al inmueble para la práctica de esta Medida. Seguidamente la parte actora señala para embargar Ejecutivamente la siguiente Cuenta Corriente N°: 0108-0027-0100302370 Perteneciente al IPASME por un monto parcial de Dos Millones Ochocientos Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Veinte Bolívares (2.898.420 Bs). Seguidamente este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara EMBARGADA EJECUTIVAMENTE la Cuenta Corriente N°: 0108-0027-0100302370 Por un Monto Parcial de Dos Millones Ochocientos Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Veinte Bolívares (2.898.420 Bs.). Se deja constancia que este Tribunal ejecutó el presente Embargo en fecha Jueves (02) de Noviembre del Dos Mil Seis (2.006) y no se pudo Materializar por error del Banco Provincial en la Cuenta Corriente mencionada y no se pudo emitir el Cheque de Gerencia. Seguidamente este Tribunal Ordena Nuevamente la Emisión de Un (1) Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Comitente, es decir, a nombre del Juzgado del Municipio Morán del Estado Lara. Se deja constancia que el ciudadano: Rafael Escalona, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.618.595, quien dijo ser el Gerente Administrativo del Banco Provincial va a firmar la presente Acta por el Notificado. Cumplida como ha sido la presente comisión, este Juzgado Acuerda regresar a su sede .Es todo, se Terminó, se leyó y conformes firman: Siendo la hora de las Diez y Diez (10:10) Minutos de la mañana. EL Juez Titular Fdo Douglas J. Molina F. Parte Actora Fdo Alicia Colmenares. Parte Notificada Fdo Rafael Escalona. EL Secretario Fdo Abg. Manuel Dias A.*******************************************
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