REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2006-001507
PARTE ACTORA: JAIME RAFAEL LOYO ORELLANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.334.401
PARTE DEMANDADA: MARIVAN, C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALFREDO DEFENDINI, inscrito en el IPSA bajo el N° 95.569.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 17 de noviembre de 2006 siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el abogado ALFREDO DEFENDINI, inscrito en el IPSA bajo el N° 95.569., apoderado judicial de la demandada MARIVAN, C.A, quien consigna original del poder y copia fotostática del mismo para su certificación y posterior devolución a los fines de ser agregado a los autos. Se deja constancia que el ciudadano JAIME RAFAEL LOYO ORELLANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.334.401, no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial, según la información suministrada por el Alguacil CARLOS SABALLO, titular de la cédula de Identidad V- 13.035.237 encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
El Juez
La Secretaria
Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
Abg. Silibel M. Arroyo R.

La parte compareciente
El Alguacil