REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-S-2006-012765
PARTE DEMANDANTE: JOSE BENITO CHACON GARCES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.840.226.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA YAMARO, C.A
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: IRLING ROLDAN IPSA Nro. 116.323.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Hoy, 20 de noviembre de 2006 siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece por la demandada CONSTRUCTORA YAMARO, C.A, el ciudadano RUBEN SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° 9.558.372, apoderado judicial, asistido por la abogado IRLING ROLDAN IPSA Nro. 116.323. Se deja constancia que la ciudadana JOSE BENITO CHACON GARCES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.840.226., no compareció según la información suministrada por el Alguacil ISRAEL ARIAS, titular de la cédula de Identidad V- 15.607.330 encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
La Juez
Abg. Nahir Giménez Peraza La Secretaria
Abg. Silibel Arroyo R.
La parte demandante. La parte demandada.
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