REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 06 de Noviembre de 2006
196° y 147°

Por presentada la anterior solicitud de DIVORCIO por el procedimiento especial previsto en el Articulo 185-A, del Código Civil, junto con sus recaudos anexos, por los ciudadanos ORLANDO JOSE DELGADO DIAZ Y NORIS ELENA RIVERO, cónyuges entre sí, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.469.365 y V-7.048.180, respectivamente, asistidos por los abogados HECTOR CHIRINOS, inscrito en el IPSA bajo el Nº 98.081, de este domicilio, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a las partes para que comparezcan por ante este Tribunal en el tercer (3ER) día de despacho siguientes al presente auto de admisión, para que ratifiquen o no el contenido de esta solicitud. Cítese a la Fiscal veintiuno (21) del Ministerio Publico en materia de Familia, para que concurra por ante este Tribunal dentro del décimo (10mo) día de despacho, después de citado y manifieste lo que estime conducente sobre la Solicitud, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil, ya mencionado. Expídase copia certificada y Líbrese boleta.-
LA JUEZ,


ABG. ROSA M. VALOR P.
LA SECRETARIA,

ABG. LEDYS ALIDA HERRERA R.
Se libro Boleta en la misma fecha.-
LA SECRETARIA,

ABG. LEDYS ALIDA HERRERA R.

Exp. 52.860.-
RMVP / JJML