República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo


En el día de hoy 30 de noviembre de 2006, siendo las 2:00 de la tarde, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez titular Doctora MAURICIA GONZÁLEZ VALLES y la secretaria titular abogada YULIMAR FONSECA, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 26, en compañía de la parte actora abogadas en ejercicio NELVIS SILVA y ERIKA RIERA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 70.033 y 79.105, respectivamente, en el inmueble constituido por una casa ubicada en la Urbanización El Bosque, Avenida Las Palmas, Nro. A-1, Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, con la finalidad de cumplir la misión del Tribunal, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro. 15.996. Seguidamente la parte actora abogadas en ejercicio NELVIS SILVA y ERIKA RIERA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 70.033 y 79.105 respectivamente, exponen: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial y Perito Avaluador a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa Depositaria Judicial a la firma mercantil Depositaria Judicial Venezuela, en la persona de su representante legal ciudadano Eligio Mejias, titular de la cédula de identidad Nro.4.932.317, y como perito avaluador al ciudadano Richard García, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 11.349.760, los cuales presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. Seguidamente la parte actora abogadas en ejercicio NELVIS SILVA y ERIKA RIERA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 70.033 y 79.105 respectivamente, exponen: Señalo al Tribunal se me haga ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de la medida constituido por una casa ubicada en la Urbanización El Bosque, Avenida Las Palmas, Nro. A-1, Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de la medida constituido por una casa ubicada en la Urbanización El Bosque, Avenida Las Palmas, Nro. A-1, Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, a la parte actora abogadas NELVIS SILVA y ERIKA RIERA, ya identificadas, tal como fue acordado por el Tribunal de la causa. Seguidamente la parte actora abogadas en ejercicio NELVIS SILVA y ERIKA RIERA, inscritas en el Inpreabogado bajo los
Nros. 70.033 y 79.105, respectivamente, exponen: Por cuanto el inmueble se encuentra






desocupado, no existiendo bienes de la demandada, nos reservamos el derecho de señalar bienes en otra oportunidad para ser embargados ejecutivamente. Seguidamente el tribunal declara cumplida su misión, libera a la depositaria judicial designada, deja constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 3:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.