REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 23 de Noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO : GP02-L-2005-001523
Vista la diligencia que antecede, en la cual los apoderado judiciales de la empresas co-demanadas RESGUARDO Y VIGILANCIA TOTAL, C.A., y OPERADORA PRODEVALCA, C.A., solicitan la declinatoria del competencia en razón del territorio de este Tribunal, al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, este despacho observa:
PRIMERO: Que la actividad laboral, se desarrollaba para las empresas co-demanadas RESGUARDO Y VIGILANCIA TOTAL, C.A., y OPERADORA PRODEVALCA, C.A., se realizaba en Barquisimeto, Estado Lara.
SEGUNDO: Se desprende del mismo libelo de la demanda que la relación de trabajo finalizo igualmente en el desarrollo de sus actividades, en Barquisimeto, Estado Lara, en consecuencia, es forzoso para este Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, DECLARAR EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA LA INCOMPETENCIA EN RAZON DEL TERRITORIO, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y así se declara., en consecuencia se ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de que proceda a conocer de la presente causa, suspendiéndose en consecuencia el inicio de la audiencia preliminar fijada para hoy 23-11-06, a las 10:00am, a los efectos de que sea fijada nueva fecha por el tribunal que a bien deba conocer de la misma.
Remítase mediante oficio el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Líbrese oficio y hágase la anotación en los libros correspondientes.
EL JUEZ
Abg. WILFREDO GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
ABG. ______________
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