REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 29 de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : GP02-L-2006-00001945
AUTO
Visto: El escrito que cursa al folio 18 consignado por el profesional del derecho Abogado en Ejercicio ALEJANDRO MIRABAL CARABALLO inscrito en el I.P.S.A: bajo el No. 30.644 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada mediante el cual solicita se declare el desistimiento del proceso en virtud de la revocatoria de poder de la parte actora y que cursa al folio 16 del expediente, la cual fuese presentada por ante la U.R.D.D. en fecha 26/10/2006 e incorporada al expediente en fecha 30 de octubre del 2006, éste Juzgado se pronuncia en los siguientes términos:
Consta en autos que la revocatoria del instrumento poder conferido por la parte actora ciudadano LUIS ARNALDO MALDONADO titular de la cédula de identidad No. 14.382.426 se presentó en fecha 26 de octubre del 2006, por ante la U.R.D.D. incorporándose a los autos en fecha 30 de Octubre del 2006 tal y como consta al reverso de la mencionada revocatoria, por lo que para el momento en que se llevó a cabo la Audiencia Primigenia, es decir, en fecha 27 de Octubre del 2006 hora 9:00 A.M. oportunidad preclusiva para la consignación de pruebas, la apoderada sobre quien recayó la nueva representación judicial de la parte actora debió estar en conocimiento que al día siguiente se verificaría la apertura de la audiencia, en éste punto es preciso señalar que el apunte de agenda dando la información de fecha cierta para la audiencia fue efectuado por la secretaria del tribunal en fecha 13 de Octubre del 2006 a las 2:27 P.M.
Ahora bien es el caso, de que en la mencionada oportunidad para llevar a cabo la audiencia preliminar en inicio, hizo acto de presencia la ciudadana abogada MIRIAM DEL VALLE SANCHEZ OLIVO I.P.S.A. No. 67.508, en representación de la parte actora y consignó escrito de pruebas y anexos de documentales, apoderada cuyo instrumento poder había sido revocado por el actor y conferido
poder Apud-Acta a la abogada ZULEYKA HERNANDEZ I.P.S.A. No. 73.432, todo ello en un mismo instrumento, quien dada las circunstancias de que compareció un día antes a consignar la tantas vences mencionada revocatoria y poder apud-acta, debió comparecer a la fecha fijada para la realización de la apertura de la audiencia preliminar, es decir el 27 de octubre del 2006 a las 9:00 A.M. por cuánto dispuso del tiempo necesario , es decir un día de antelación, para verificar la fecha en que, de acuerdo a la certificación de notificación positiva del secretario del tribunal, se había fijado para la realización de la audiencia.
Por todos los razonamientos anteriores éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente la presente decisión.
El Juez
El Secretario
Abog. GLADYS MIJARES LUY
Abg. MARJORIE GOMEZ