REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 15 de Noviembre de 2006
196º y 147º

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-002057
PARTE ACTORA: FELIX LEONARDO OVALLES ARTEAGA (NO ASISTIO)
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: (NO ASISTIO)
PARTE DEMANDADA: NIÑOS CANTORES TELEVISION DE CARABOBO C.A
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: YOLANDA VEGAS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

ACTA
En el día hábil de hoy quince (15) de Noviembre de 2006, siendo las 10:00 am, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: NIÑOS CANTORES TELEVISION DE CARABOBO C.A compareció a la Audiencia Preliminar, representada por la abogado YOLANDA VEGAS inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.778 y en este acto consigna Poder en original y copia a los efectos que se le certifique su copia y se le devuelva su original y así el Tribunal lo acuerda y lo agrega al expediente y consigna sus pruebas. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196 ° y 147°.
LA JUEZ,

KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES

EL SECRETARIO,


La Compareciente