REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 06 de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : GP02-S-2006-000767
Vista la diligencia de fecha dos (02) de Noviembre de 2006, presentada por el abogado en ejercicio PEDRO PEÑALOZA, inscrito en el Inpreabogado N.° 15.634, actuando con el carácter de apoderado judicial del demandante JESUS GABRIEL LAGOS ALARCON, mediante la cual DESISTE de la Solicitud de Calificación de Despido intentada por ante este Tribunal en fecha 27 de Septiembre de 2006, y así mismo solicita el archivo del expediente. Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, vista la solicitud presentada por el apoderado de la parte actora, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos del trabajador demandante, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el solicitante, dándole efectos de Cosa Juzgada. Así mismo se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez
Abg. JOSE DARIO CASTILLO S
EL SECRETARIO
Abg. OLIVER GOMEZ
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