REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 06 de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : GP02-S-2006-000090

Vista la diligencia de fecha seis (06) de Noviembre de 2006, presentada por el abogado en ejercicio DAVID SANOJA RIAL, inscrito en el Inpreabogado N.° 48.268, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa INDUSTRIAS METALGRAFICAS, C.A., mediante la cual DESISTE de la Solicitud de Consignación de Prestaciones Sociales en beneficio del ciudadano JOSE MIGUEL SILVA CAMPOS y así mismo solicita el cierre y archivo del expediente. Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, vista la solicitud presentada por el abogado DAVID SANOJA RIAL, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el solicitante, dándole efectos de Cosa Juzgada. Así mismo se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S


EL SECRETARIO

Abg. OLIVER GOMEZ