REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000916
PARTE ACTORA: ADOLFREDO SANCHEZ
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROSA ELENA MARTÍNEZ DE SILVA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Hoy, 22 de noviembre de 2006, siendo las 09:00 a.m., se deja constancia que una vez anunciada la audiencia no compareció la parte actora ciudadano ADOLFREDO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad No. 5.443.672, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia que compareció la abogado ROSA ELENA MARTÍNEZ DE SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 15.071, en su carácter de apoderado judicial de la demandada ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A., conforme se evidencia de instrumento poder que riela inserto a los autos. En razón que el accionante ciudadano ADOLFREDO SANCHEZ, antes identificado, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 196 ° y 147°.
La Juez


Abg. Beatríz Rivas Artiles
Por la demandada,


La Secretaria,

Abg. Astrid González Salazar