REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000885
PARTE ACTORA: JOSÉ GREGORIO VILLANUEVA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ABG. ENMA MOGOLLÓN
PARTE DEMANDADA: JULIO MEJÍAS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 28 de noviembre de 2006, siendo las 10:00 a.m., se deja constancia que una vez anunciada la audiencia no compareció la parte actora ciudadano JOSÉ GREGORIO VILLANUEVA, titular de la cédula de identidad No. 10.229.756, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; asimismo, se deja constancia que NO compareció la parte demandada, ciudadano JULIO MEJÍAS, , ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En razón que el accionante ciudadano JOSÉ GREGORIO VILLANUEVA, antes identificado, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 196 ° y 147°.
La Juez
Abg. Beatríz Rivas Artiles
Por la demandada,
La Secretaria,
Abg. Astrid González Salazar
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