REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 28 de noviembre del año dos mil Seis
196º y 147º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-001637
PARTES ACTORAS: NORELY LIZARRAGA VERDES, MILARIS WILERMA SALCEDO HERNANDEZ y JENNIFER CRISTINA VARGAS ACEVEDO (no comparecieron)
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BEATRIZ DE BENITEZ (no compareció)
PARTE DEMANDADA: C.E.Q. SANTA BARBARA BENDITA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EMILIA YRURETA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Hoy, 28 de noviembre del año 2006, siendo las 8:30 a.m. día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma solo la parte demandada: C.E.Q. SANTA BARBARA BENDITA, C.A., debidamente representada por su apoderada judicial EMILIA YRURETA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 24.516. Igualmente, se dejó expresa constancia que la Parte Actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo.
LA JUEZ,
Abg. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. Anmarielly Henriquez

En la misma fecha se publicó la presente sentencia del EXPEDIENTE GPO2-L-2006- 0001637 siendo las 9:16 A.M.
LA SECRETARIA,
Abg. Anmarielly Henriquez