REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, seis de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ASUNTO: GP02-S-2006-000744
PARTE ACTORA: TOMAS OJEDA
PARTE DEMANDADA: FUNAESCA (FUNDACION NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ESTADO CARABOBO)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL AGUILERA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 6 de Noviembre de 2006, siendo la oportunidad para la publicación de la sentencia interlocutoria, este tribunal observa lo siguiente: siendo la fecha y hora señalada por el tribunal para la realización del inicio de Audiencia Preliminar, el tribunal dejó expresa constancia que la parte actora TOMAS OJEDA, no compareció a la realización de la Audiencia, solo compareció la parte demandada: FUNAESCA (FUNDACION NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ESTADO CARABOBO), a través de su apoderado judicial RAFAEL AGUILERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°61.739. Este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, vista la incomparecencia del demandante a la audiencia preliminar, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en los términos que se estableció, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en los archivos. Años 196° y 147°. Se ordenará librar oficio a los fines del cierre del expediente una vez transcurrido el lapso legal. Se ordena agregar las pruebas aportadas al inicio de la audiencia a los fines de que surta los efectos consiguientes.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ
La Secretaria
Abg. Anmarielly Henriquez
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