REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare; 16 de Octubre del 2006
196º y 147º
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos JOSE RAMON GONZALEZ FUENMAYOR y FLOR MARIA MUÑOZ ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedulas de identidad Nros. 5.130.913 y 8.053.994, por ante la sala de este despacho en esta misma fecha, sobre el establecimiento de Obligación Alimentaría del ciudadano JOSE RAMON GONZALEZ FUENMAYOR en beneficio de su hijo …, de diez (10) años de edad, fijada en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,oo) Mensuales y QUINIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 500.000) en los meses de Septiembre y Diciembre, a fin de cubrir con los gastos de uniformes, calzados y útiles escolares y el vestuario decembrino; cantidades las cuales cancelara mediante depósitos realizados en la cuenta de ahorro que aperture la madre, en el Banco de Fomento Regional Los Andes a nombre del niño y a la orden de este Tribunal; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, de la Niña y del Adolescente.-
La Juez,
Abog. Haydee Oberto Yépez
La secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Vede
HOY/Mery S.
Exp. N° 7053