REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Cumana
Sección Adolescentes
Cumaná, 18 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2005-000022
ASUNTO : RP01-S-2005-000022


Vista la constancia de estudio del sancionado, PEDRO JOSÉ LORETO RAMÍREZ, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.894.190, soltero, de oficio indefinido, nacido en fecha 19-02-1987, hijo de Zoraida Ramírez y Alberto José Gómez, domiciliado en la Calle El Stadium, sector Cochaima, casa N° 09, Santa Fe, Municipio Raúl Leoni, Estado Sucre, quien cumple sanción de REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, consistente en realizar cursos de capacitación laboral o continuar los estudios de educación básica, por la comisión del delito de: HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 453 del Código penal Venezolano vigente, en perjuicio de: DORYS MARGARITA PÉREZ; consignada por la Dra. Mildred Guerra, en su carácter de defensora pública del mismo, donde se evidencia que el sancionado cursa el primer semestre en la Misión Rivas ejecutada en el Internado Judicial de esta ciudad , lugar donde se encuentra el sancionado recluido por orden de un Tribunal ordinario y por cuanto no se especifica la fecha de inicio y el mismo manifestóen sala que estudia desde el mes de febrero, es por lo que este Tribunal toma como fecha de inicio de cumplimiento de la sanción el día 17-04-2006, fecha en que se impuso de la sanción y en consecuencia pasa a realizar el siguiente computo conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente y 479 del Código orgánico procesal penal, por lo que se observa de la medida contenida en el Artículo 620 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de un (1) año se le impuso al joven VELIZ SALAZAR JOSÉ DAVID el 17 de abril de 2006, por lo que ha cumplido hasta el día de hoy 18 de octubre de 2006, seis (6) meses y un día, faltándole por cumplir cinco (5) meses y veintinueve (29) días, que vencerán el 17 de abril de 2007, en razón de lo expuesto notifíquese a las partes sobre el cómputo, así como al sancionado a través de la Dirección del Internado Judicial. Librese boletas de notificación y oficios si hubiere lugar. Cúmplase.
LA JUEZ
Abg. Yomari Figueras
LA SECRETARIA
Abg. María Victoria Aguilar