REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONROL
Carúpano, 31 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-003460
ASUNTO: RP11-P-2006-003460


RESOLUCION MEDIANTE LA CUAL SE DICTA SENTENCIA DEFINITIVA
COMO CONSECUENCIA DE SOBRESEIMINETO.


Concluido el desarrollo de la presente audiencia de presentación de imputado, en el asunto seguido al ciudadano: Víctor Alberto Quijada La Rosa, titular de la cédula de identidad número: V-20.126.392, oída la exposición Fiscal. en cuanto a que considera que no hay suficientes elementos de convicción, en virtud de que los hechos no son Típicos, lo manifestado por el imputado en cuanto a que se acoge al Precepto Constitucional, lo alegado por el Defensor Público, en relación a que ratifica la Libertad Plena y por ende el Sobreseimiento en el presente Asunto, y de la revisión de las actas que conforman el presente Asunto, se evidencia que efectivamente los hechos por los cuales esta siendo presentado el imputado no configuran ningún tipo Penal, en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de Ley, decreta la Libertad Plena del imputado Víctor Alberto Quijada La Rosa, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.126.392, nacido en fecha 25-09-88, Soltero, de profesión u oficio Pescador, hijo de Alberto Figueroa Plaza y Yaritza Del valle Quijada La Rosa y residenciada en Sector Guiria de la Playa, vía Nacional, cerca del abasto Don Ramón, Municipio Bermúdez, Carúpano, Estado Sucre y en consecuencia el Sobreseimiento del presente Asunto, de conformidad con lo preceptuado en articulo 318, ordinal Segundo del Código Orgánico Procesal Penal, Librese oficio junto con boleta de libertad, a la Comandancia de Policía de esta ciudad. Así se Decide. Asimismo se acuerda librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en virtud de que el ciudadano Víctor Alberto Quijada La Rosa, se encuentra solicitado por el Juzgado Primero de Control Sección Adolescentes de Carúpano, según oficio N° 153 de fecha 04-04-04 y según oficio N° 782, de fecha 23-11-05 Así se decide. Cúmplase.
El Juez Segundo de Control

Abogado. Ramón José Ponce



La Secretaria

Abogada: Roraima Ortiz