República Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia

Tribunal De Protección del Niño y del Adolescente de la circunscripción judicial del Estado Sucre, Sala de Juicio Sede Cumaná
Cumaná, 31 de octubre del 2.006
196° y 147°

Visto el escrito presentado por la ciudadana YASMIL ANDREINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.945.696, debidamente asistida de la abogada Martha Hoyos, inscrita en el Inpreabogado Nro. 20.355, en el cual solicita de este despacho la designación de un CURADOR AD-HOC, a favor de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de seis (06) años de edad, a los fines de que la represente en una Acción Mero declarativa de Unión Concubinaria con respecto a los bienes hereditarios dejados por el padre de la referida niña, De Cujus Francisco José Salazar.Admitida como fue la presente solicitud en fecha 04 octubre del año Dos Mil Seis, y vista la aceptación del CURADOR, ciudadana MARIA ELENA ACOSTA ALVAREZ, por lo que llenos como están los extremos legales, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DESIGNA suficientemente a la MARIA ELENA ACOSTA ALVAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.076.846, como CURADOR AD- HOC, de Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de seis (06) años de edad, a los fines de que lo represente en la operación Jurídica antes indicada.
Expídase por Secretaria copias certificadas del presente decreto, a los fines Legales consiguientes.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sala de Juicio Sede Cumaná, a los treinta y un (31) días del mes de Octubre del año Dos Mil Seis (2006).- 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ N° 02

Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
MEG/rosirys.-
Exp. TP2-2979-06
Sentencia: Interlocutoria
Causa: Curatela
Solicitante: YASMIL ANDREINA SANCHEZ