REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

Caracas, de Septiembre de 2006
196° y 147°

En fecha 10 de febrero de 2006, se recibió la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el Oficio N° 01-LJJ-8889106 de fecha 31 de enero de 2006, emanado del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remite expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano FELIPE BARRETO BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 177.385, asistido por el abogado CARLOS ALBERTO PÉREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 8.067, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DE EDUCACIÓN (hoy Ministerio de Educación y Deportes), a los fines de demandar el pago de sus prestaciones sociales.

Tal remisión se efectuó en virtud de haberse declarado incompetente para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto el referido Juzgado, mediante decisión de fecha 30 de agosto de 2004.
En fecha 19 de mayo de 2006, se dio cuenta a la Corte, y por auto de esa misma fecha, se designó ponente a la Juez NEGUYEN TORRES LÓPEZ, a quien se pasó el expediente a los fines de que decida lo conducente.

Realizado el estudio individual de las actas que conforman el expediente, esta Corte observa que:

Corre inserta a los folios 301 al 305, ambos inclusive, del expediente judicial, decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de agosto de 2004, mediante la cual declaró su incompetencia para el conocimiento del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, y en consecuencia, ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo con competencia en el Área Metropolitana de Caracas.

Ello así, resultó errado el envío del expediente a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, en razón de lo cual este Órgano Colegiado ORDENA la remisión del expediente al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en funciones de distribuidor, a los fines consiguientes.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

El Juez Presidente,



JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ
La Juez Vice-Presidente,



AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA


La Juez,



NEGUYEN TORRES LÓPEZ
Ponente

La Secretaria Accidental,


YULIMAR DEL CARMEN GÓMEZ MUÑOZ

Exp. Nº AP42-N-2006-000070
NTL/

En Fecha________________________ ( ) de __________________________________ de dos mil seis (2006), siendo la (s) _________________ de la ___________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ___________________.


La Secretaria Accidental,