REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.


Expediente Nº 7717.
 DEMANDANTE: JAIME ALFONSO JURADO FAJARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.265.231, de este domicilio.
 DEMANDADA: JULIA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 4.645.515.
 MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES-INTIMACION.

Quien suscribe luego de analizada las actas del expediente observa:
Que el día 22-10-2002, se admitió formal demanda de Cobro de bolívares-intimación, presentada en fecha 17-10-2002, por el ciudadano JAIME ALFONSO JURADO FAJARDO, asistida por el Abogado FRANCISCO SANGRONIS , inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.942., en contra del ciudadano JULIA RAMIREZ ROMERO.
Ahora bien, tal como consta al folio 08, la parte actora a la presente fecha, vale decir después de haber transcurrido un lapso mayor al de un año, contados a partir del dia 22 de octubre del 2.002, no le ha conferido el impulso procesal correspondiente para alcanzar el acto de citación de la demandada, trayendo como consecuencia que se encuentre incursa la causa bajo análisis en LA PERENCIÓN DE INSTANCIA ANUAL, preceptuado en el articulo 267 del Codigo de Procedimiento Civil.EN LA PRESENTE CAUSA.
Asimismo se acuerda dejar sin efecto la medida decretada en fecha07 de Noviembre del 2.002. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE y REGISTRESE
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DEL DESPACHO DEL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. EN SANTA ANA DE CORO A LOS TRES (03) DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL SEIS (2006) AÑOS: 195° DE LA INDEPENDENCIA Y 146° DE LA FEDERACIÓN.
EL JUEZ TEMPORAL

ABOG. EDUARDO YUGURI PRIMERA

LA SECRETARIA ACC.

YUMERY BORGES.

NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo la 01.00.a.m previo el anuncio de Ley, quedando anotada bajo el No. 441 del Libro Control de Sentencias.