REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 4 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2004-002115
ASUNTO : NP01-S-2004-002115

En virtud que el Fiscal Sexto del Ministerio Público en fecha 13-04-05 solicitó se decretara el Sobreseimiento de la Causa, este Tribunal considera que no es necesario convocar audiencia para debatir lo peticionado y dicta el siguiente pronunciamiento: “Vista la solicitud de sobreseimiento de la presente causa, interpuesta por ante este Tribunal Cuarto de Control por el Abg. ALCIDES RAFAEL RODRÍGUEZ MARCANO Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Monagas a favor de la ciudadana CARLOS EDUARDO ZAPATA, por cuanto de la investigación no arrojó suficientes elementos para presentar formal acusación, ya que no se obtuvieron elementos de convicción procesal sobre la autoría y subsiguiente responsabilidad del imputado, ya que de la actas se desprenden que no hubo testigos instrumentales que corroboren lo expuesto por los funcionarios que practicaron el procedimiento, aún cuando quedó comprobada el cuerpo del delito, ya que la droga incautada arrojó como resultado un peso de 3gramos 500 miligramos, de Marihuana. Analizado como ha sido por esta Instancia, las actuaciones que conforman el asunto así como lo solicitado por el titular de la acción penal se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte Fiscal del Ministerio Público a favor del ciudadano CARLOS EDUARDO ZAPATA fundamentada en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, como consecuencia cesará la medida de coerción que fue impuesta al referido ciudadano en fecha 21 de marzo de 2004. Líbrese Oficio al Jefe del Sistema Integral de Identificación (S.I.P.O.L), informando lo decidido, a objeto que excluya de pantalla la solicitud que presenta el referido ciudadano por el asunto G-736.870, de fecha 20-03-2004; así mismo se ordena librar Oficio al Servicio de Alguacilazgo de esta dependencia Judicial informando lo decidido a objeto que estampe la nota marginal en el Libro de presentaciones. Así se Decide.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano CARLOS EDUARDO ZAPATA, de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez firme generará los efecto previstos en el artículo 319 eiusdem, es decir, se pondrá termino al presente procedimiento y cesará la medida de coerción que fue impuesta al referido ciudadano en fecha 21 de marzo de 2004. Líbrese Oficio al Jefe del Sistema Integral de Identificación (S.I.P.O.L), informando lo decidido, a objeto que excluya de pantalla la solicitud que presenta el referido ciudadano por el asunto G-736.870, de fecha 20-03-2004; así mismo se ordena librar Oficio al Servicio de Alguacilazgo de esta dependencia Judicial informando lo decidido a objeto que estampe la nota marginal en el Libro de presentaciones.
Publíquese, Regístrese. Notifíquese. Remítase el presente asunto en su debida oportunidad legal al Archivo Central del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, para su Guarda y Custodia.
LA JUEZA


ABG. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA

LA SECRETARIA


ABG. RAQUEL GARCIA BELLORIN