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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Vigésimo  Cuarto  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, tres  (03) de  Octubre de dos mil seis (2006)
 196º y 147º
 
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-002216
 PARTE ACTORA: NANCY FATIMA PEREIRA ARAUJO.
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
 PARTE DEMANDADA: BANCO MERCANTIL S.A, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GILBERTO ALFONSO JORGE RODRIGUEZ IPSAN°: 79.081
 MOTIVO: CALIFIVCACIÓN DE DESPIDO
 
 En el día hábil de hoy tres (03) de octubre de dos mil seis 2006, siendo las 11:00 A.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana NANCY FATIMA PEREIRA ARAUJO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar,  ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, igualmente se deja constancia de la comparecencia a la audiencia del abogado GILBERTO ALFONSO JORGE RODRIGUEZ,  inscrito en el  IPSA bajo el N°: 79.081, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, empresa BANCO MERCANTIL S.A, C.A, tal como consta de poder que cursa en los autos, quien manifestó que a la actora se le cancelo su liquidación.  Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.  Años 147 ° y 196 °.
 
 El Juez
 
 Abog. Orlando Antonio Magallanes
 La Secretario.
 
 
 Abog. Keyu Abreu.
 Los Presentes:
 
 
 
 En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en la presente desición, publicándose y registrándose la misma.
 
 La Secretario.
 
 
 Abog. Keyu Abreu.
 
 “2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
 
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