REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio N° 2
Caracas, 27 de Octubre de 2006
196º y 147º


ASUNTO: AP51-S-2006-018296


Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano (...), venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. (...), en representación legal de su hija (...), de nueve (09) años de edad, quien se encuentra asistido por el ciudadano Félix Miguel Luna, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 84833, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC al mencionado niño; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y, visto asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por el ciudadano (...), de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° (...), acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC de la niña (...). Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ,

DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA

JESÚS BELÉN ÁLVAREZ ROJAS
FPM/JAR/