PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 02 de octubre de 2006
Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 22 de septiembre de 2006, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana LEFFY RUIZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Centésima Segunda del Ministerio Público, en el cual remite convenio de Obligación Alimentaria celebrado por los ciudadanos ANGEL ARTURO TOVAR y ANA GABRIELA MORA PRIETO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 15.983.582 y 20.395.390, respectivamente, en beneficio de la niña (...), de diez (10) meses de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 14 de julio de 2006, lo relativo a la Obligación Alimentaria, de la niña antes mencionada.