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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 EN SU NOMBRE
 Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
 del Área Metropolitana de Caracas.
 Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
 Caracas, 05 de octubre de 2006
 Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
 
 Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 28 de septiembre de 2006, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana DILIA LOPEZ BERMUDEZ, en su carácter de Fiscal Centésima Tercera del Ministerio Público, en el cual remite convenio de Régimen de Visitas celebrado por los ciudadanos IRIS COROMOTO GONZALEZ INFANTE y ANGEL EDUARDO ANGULO SOLANO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 9.416.402 y 12.065.119, respectivamente, en beneficio del niño (...), de tres (03) años de edad,  y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 21 de septiembre de 2006, lo relativo al Régimen de Visitas del niño antes mencionado.
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