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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 5 de Octubre de 2006.
 196º y 147º
 
 
 ASUNTO :  AP51-S-2006-010734
 
 Vista la aceptación al cargo de Curador Especial hecha por la ciudadana SOLEDAD CECILIA SILVIA PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad  N° V-2.158.868, este Tribunal Unipersonal No. XII, de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda en uso de sus facultades legales y  de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona del ciudadana  SOLEDAD CECILIA SILVIA PEREZ, antes identificada, el Cargo de CURADOR ESPECIAL, de los adolescentes cuyos nombres se omiten de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Lopna, de 16 y 14 años de edad, respectivamente. Expídase por Secretaría copias certificadas del presente auto con inserción del acta que antecede, del auto donde se le nombra como curador Especial y del escrito de solicitud, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado
 La Juez
 
 Sara e. Guardia Soto                                                        La Secretaria
 
 Alicia Guzmán Vidal.
 
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